AVISO IMPORTANTE
Estimado cliente, deben tomar en cuenta que la versión que deberán utilizar para la emisión
de sus CFDI, el SAT, a través del Octavo Transitorio de la RMF para 2023 (1) otorgó una facilidad
para el diferimiento de la emisión de CFDI en su versión 4.0, ya que conforme a dicha disposición,
los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para
el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0,
conforme al Anexo 20(1), hasta el 31 de marzo de 2023. Lo anterior también será aplicable a los
complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones; en ese sentido, está facilidad
concluye el día 31 de marzo de 2023, por lo que, a partir del día 1 de abril de 2023 los PCCFDI autorizados
únicamente deberán certificar “timbrar” los CFDI en su versión 4.0.
1. Publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022